El Ayuntamiento de Alcolea de Cinca ha tenido en los últimos tiempos la necesidad, por una parte, de adaptarse a la realidad de personal y carga de trabajo existente para mantener la continuidad en el funcionamiento normal de la Administración, y, por otra parte, la oportunidad y circunstancia de contar con personal inicialmente no adscrito a determinadas funciones que han sabido desenvolverlas y acometerlas así como la incorporación de una Secretaria e Interventora con Habilitación de carácter estatal que presta sus servicios en virtud de adjudicación definitiva de puesto en propiedad.

Asimismo, este Ayuntamiento no es ajeno a las actuales y duras circunstancias económicas que ven mermados los recursos públicos y que, directa o indirectamente, inciden en las disponibilidades con que cuenta esta Administración en materia de personal.

Tampoco debe olvidarse que en el año 2012 fue elaborado y aprobado plenariamente un plan de ajuste al amparo del Real Decreto 4/2012 en el que se establecía el compromiso de no proceder al aumento de plantilla en el periodo 2012-2022.

La inexistencia de una Relación de Puestos de Trabajo previa implica que actualmente se deba proceder a la plasmación de las plazas existentes, mas no debe olvidarse que por este equipo de gobierno, al amparo de las plantillas aprobadas al compás de cada presupuesto anual, se ha procedido a realizar actuaciones tendentes en materia de personal, como no puede ser de otra manera, al ahorro y reajuste de efectivos.

Así, dentro de las actuaciones tendentes a ajustar los gastos de personal, en el ejercicio pasado se procedió a minorar la señalada plantilla, lo cual implicó la amortización de varias plazas existentes hasta ese momento, entendiendo que el nivel de prestación de los servicios quedaba garantizado con menos personal, si bien reconociendo que, en todo caso, la decisión no fue fácil ni agradable para el equipo de gobierno, pero pretendiendo siempre servir al fin mayor del bien común y la correcta administración de los recursos públicos. En concreto, fueron realizadas las siguientes modificaciones:

  • El número de efectivos de personal de limpieza hasta el año 2012 era de 3, planteándose para la actualidad 2 efectivos, reajustando el tiempo de jornada, de manera que el servicio fuera prestado con efectividad pero con un ahorro comparativo.
  • Hasta el ejercicio 2012 existía una plaza de monitor de gimnasio, que se amortiza, atribuyéndose las funciones de apertura y cierre de la instalación al peón de servicios múltiples.
  • El personal adscrito al servicio de Escuela Infantil era de cuatro efectivos, dos monitores, un técnico de educación infantil y una profesora de educación infantil, amortizándose las dos primeras plazas y manteniendo estas últimas, si bien con reducción de jornada de esta última con efectos 1 de enero de 2013 al 75%. Además, a lo largo del ejercicio 2012 se procedió a un reajuste de salarios a la baja de alrededor de un 30% de ambas plazas, manteniendo la jornada.

Actualmente, debe considerarse que, por una parte, la incorporación a la plaza de Secretaría e Intervención de una plaza habilitada Estatal, con nombramiento definitivo, implica, necesariamente, el replanteamiento de funciones que hasta el momento eran atribuidas a otro personal municipal, cuando por atribución normativa corresponden a dicha plaza. Por otra parte, la situación vivida en los últimos meses ha obligado al equipo de gobierno a buscar en el personal disponible la disposición necesaria para desarrollar las funciones que requerían la atención y continuidad del funcionamiento de la Administración Municipal.

En la actualidad existen consideradas en la plantilla y anexo de personal municipal dos auxiliares administrativas en el personal laboral fijo, una de ellas adscrita al servicio de telecentro y otra adscrita al servicio de biblioteca. Se considera que dicho personal puede ser perfectamente reordenado de tal forma que la auxiliar de biblioteca se reconvierta en auxiliar de biblioteca y telecentro, observándose en la evolución de ambos servicios la posibilidad de compaginarlos debido además a su proximidad física, si bien debe tenerse en cuenta que actualmente el puesto de auxiliar de biblioteca consta de una jornada de 5 horas diarias y pasará a 4 horas diarias atendiendo ambos servicios, y la auxiliar de telecentro pasaría a configurarse como auxiliar administrativa de Administración General, por ser sus funciones más acordes a la necesidad real y situación actual de la estructura organizativa municipal, pasando, por tanto, a prestar servicios en la Casa Consistorial. Por este motivo, el puesto de Oficial Administrativo, cuyas funciones son asumidas actualmente en una grandísima parte por el puesto de Secretaría e Intervención, se estima útil en una dedicación parcial de dos horas diarias para la llevanza de labores de padrón y aquellas otras funciones en que pueda servir de apoyo puntual, careciendo de sentido mantener una jornada mayor por cuanto la organización actual no lo demanda y, además, existe un motivo de ahorro que aconseja la remodelación de los efectivos existentes a las disponibilidades de recursos financieros reales.

Dentro de los ajustes que se producen con este proyecto de Relación de Puestos de Trabajo, debe señalarse también que en el puesto de profesor de adultos se consideran 3 horas diarias, cuando hasta fechas recientes se contemplaban 4 horas, en una muestra más de austeridad y reajuste económico.

Por este motivo, se plantea la aprobación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Alcolea de Cinca con las siguientes referencias, considerando que las cuantías que se reflejan son, en todo caso, en importe bruto y referido a mensualidad normal:

  1. Puesto de trabajo: Secretaría e Intervención
    • Características esenciales: Personal funcionario con Habilitación de Carácter Estatal.
    • Funciones: Las señaladas en el Real Decreto 1174/1987, sobre régimen jurídico de los Funcionarios con Habilitación de Carácter Nacional y las establecidas en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público. En concreto, le corresponde la función de fe pública y asesoramiento jurídico y económico de la Corporación, la intervención en sus facetas formal y material de todo acto, documento o acuerdo con consecuencias económicas, la fiscalización de los mismos, la realización material de las labores de contabilidad y demás funciones que, en atención a su categoría, puedan ser indicadas o encomendadas justificadamente por la Alcaldía y la Presidencia.
    • Requisitos académicos exigidos: Pertenecer a la Escala de Secretaría e Intervención de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Estatal.
    • Nivel de complemento de destino: 26 (actualmente, existe una consolidación personal de nivel 30).
    • Complemento específico: 1200 euros mensuales.
    • Forma de provisión: Concurso.
  2. Puesto de trabajo: Auxiliar administrativo
    • Características esenciales: personal funcionario de la escala de Administración General.
    • Funciones: realización de actividades de carácter administrativo necesarias para desarrollar los procesos específicos de la unidad organizativa (Ayuntamiento), preparación de documentación y elaboración de listados y estadísticas propias del Área de Administración General, atención de solicitudes y peticiones mediante la canalización de las mismas, atención telefónica y gestión de llamadas, control de archivo y documentación, así como de expedientes, gestión de envíos y correspondencia, control y llevanza de registro de entrada y salida, apoyo a las labores de Secretaría e Intervención en el ámbito propio de su categoría y demás funciones que, en atención a su categoría, puedan ser indicadas o encomendadas justificadamente por la Alcaldía y la Presidencia.
    • Requisitos académicos exigidos: título de Graduado Escolar o equivalente.
    • Nivel de complemento de destino: 18
    • Complemento específico: 285,82 euros mensuales.
    • Forma de provisión: oposición.
  1. Puesto de trabajo: auxiliar de telecentro y biblioteca (equiparado a grupo C2).
    • Características esenciales: personal laboral fijo de Administración General.
    • Funciones: atención de los servicios de telecentro y biblioteca, consistentes, sin ánimo exhaustivo, en la apertura y cierre de las dependencias, control y registro de inscripciones y/o socios, fondos bibliotecarios y otros útiles, vigilancia de adecuado uso de las instalaciones, atención telefónica, tramitación de expedientes, solicitudes o escritos que sean dirigidos, recepcionados o estén relacionados con los servicios correspondientes, y demás funciones que, en atención a su categoría, puedan ser indicadas o encomendadas justificadamente por la Alcaldía y la Presidencia.
    • Requisitos académicos exigidos: título de Graduado Escolar o equivalente.
    • Jornada: Parcial de 4 horas diarias (53,5%  de la jornada).
    • Retribuciones mensuales: 525,90 euros brutos.
    • Forma de provisión: oposición o concurso de oposición.
  2. Puesto de trabajo: auxiliar administrativo (equiparado a grupo C2).
    • Características esenciales: personal laboral fijo de Administración General.
    • Funciones: realización de actividades de carácter administrativo necesarias para desarrollar los procesos específicos de la unidad organizativa (Ayuntamiento), preparación de documentación y elaboración de listados y estadísticas propias del Área de Administración General, atención de solicitudes y peticiones mediante la canalización de las mismas, atención telefónica y gestión de llamadas, control de archivo y documentación, así como de expedientes, gestión de envíos y correspondencia, apoyo a las labores de Secretaría e Intervención en el ámbito propio de su categoría, en concreto, llevanza de comunicaciones con el Instituto Nacional de Estadística por lo que se refiere al mantenimiento del Padrón de habitantes, elaboración de padrones de tasas, precios públicos y otros ingresos de carácter público, auxilio en el archivo y administración de documentación contable y ordenación de facturas y documentos bancarios, enlace de personación para remisión de documentos y comunicaciones a entidades bancarias, elaboración de bandos y demás funciones que, en atención a su categoría, puedan ser indicadas o encomendadas justificadamente por la Alcaldía y la Presidencia.
    • Requisitos académicos exigidos: título de Graduado Escolar o equivalente.
    • Jornada: Completa de siete horas diarias (100 % jornada).
    • Retribuciones mensuales:1444,72 euros brutos.
    • Forma de provisión : oposición o concurso de oposición.
  3. Puesto de trabajo: alguacil-ordenanza (equiparado a grupo E)
    • Características esenciales: personal laboral fijo de Administración General.
    • Funciones: Efectuar todos los avisos, notificaciones, requerimientos, citaciones, etcétera, que le sean ordenados por este Ayuntamiento; Fijación de bandos, edictos y anuncios en los tablones de edictos y en lugares de concurrencia. Custodiar el mobiliario, máquinas, instalaciones y locales. Recibir, conservar y distribuir los documentos, objetos y correspondencia que a tales efectos le sean encomendados. Vigilar, abrir, permanecer y cerrar la Casa Consistorial y demás inmuebles municipales cuando será requerido para ello. Custodia de las llaves de las dependencias e instalaciones municipales. Vigilancia de lasbras que se realizan en el municipio comunicando al Señor Alcalde aquellas que no cuenten con licencia municipal o no hayan satisfecho las tasas correspondientes. Conducción y manejo de cualquier vehículo, de titularidad municipal, para el que sea necesario permiso de conducir de clase B, así como la maquinaria necesaria para la buena prestación de los diferentes servicios, incluyéndose, en su caso, las máquinas de mantenimiento de zonas verdes o piscina municipal y respecto de esta última la manipulación, en su caso, de los aparatos de control y mantenimiento del nivel de cloración o equivalente respecto de las condiciones sanitarias o higiénicas exigidas. Atender el servicio de calefacción y el de su mantenimiento en los edificios en instalaciones municipales. Vigilancia del alumbrado publico, del pavimento y encintado de la acera dando cuenta de las averías, desperfectos o daños al Alcalde Presidente del Ayuntamiento. Cuidado, mantenimiento y conservación del mobiliario. Llevar a cabo cuantas reparaciones sean precisas en los edificios y bienes de propiedad municipal. Realizar los encargos que se le encomienden. Prestar en su caso servicios adecuados a la naturaleza de sus funciones en archivos, bibliotecas, almacenes y ascensores. Vigilancia en el cumplimiento de los reglamentos y ordenanzas municipales. Colaborar en prestar ayuda en la organización de festejos. Vigilar y gestionar la ocupación de la vía pública en el mercado ambulante de los sábados, así como recaudar la tasa por dicha ocupación. Se establece asimismo la especial disponibilidad horaria de esta plaza. Cualquier otra tarea de naturaleza análoga que por razón del Servicio se le pueda encomendar justificadamente por la Alcaldía y la Presidencia.
    • Requisitos académicos exigidos: Certificado de escolaridad o equivalente.
    • Jornada: completa.
    • Retribuciones mensuales: 2028,09 euros brutos mensuales, pagas extraordinarias aparte.
    • Forma de provisión: oposición o concurso de oposición.

Se enumeran los diferentes puestos con las funciones correspondientes y aquellos elementos que deban quedar fijados a través de Relación de Puestos de Trabajos o las variables en función de las cuales podrán modificarse las mismas:

  1. Puesto de trabajo: profesor de adultos
    • Características y funciones: le corresponderá la labor de desarrollo de cursos, jornadas y actividades tendentes a la dinamización y formación de adultos, actuando como asesor, guía y orientador de los alumnos, asumiendo un rol facilitador del aprendizaje, además de aquellas funciones que, en atención a su categoría, puedan ser indicadas o encomendadas justificadamente por la Alcaldía y la Presidencia.
    • Retribuciones mensuales: Al tratarse de una función que cuenta anualmente con subvención, la retribución irá fijada en relación a la citada financiación externa con una retribución de 605,04 euros mensuales.
    • Jornada: 3 horas diarias (40% de la jornada completa).
  2. Puesto de trabajo: socorrista
    • Dotación: 2 empleados.
    • Características y funciones: Acatar las prohibiciones y exigencias que marque la ley sobre el reglamento de las piscinas públicas, asegurar que la práctica deportiva y/o recreativa que se realiza en la instalación se efectúe en las condiciones y formas más seguras y adecuadas, respetándose la normativa de uso de piscina, velar por el cuidado del material de piscina que se entregue al inicio de temporada y de todas las herramientas necesarias para un correcto funcionamiento del servicio, revisar periódicamente el estado de la piscina para detectar posibles irregularidades en su funcionamiento y poner las mismas en conocimiento inmediato de la Alcaldía la Presidencia, atender a todas las inquietudes que los usuarios pudieran plantear para mejorar el servicio, además de aquellas funciones que, en atención a su categoría, puedan ser indicadas o encomendadas justificadamente por la Alcaldía y la Presidencia.
    • Jornada: La prestación de servicios se realizará en el tiempo de apertura de la piscina, a jornada completa, aproximadamente dos meses y medio.
    • Retribuciones mensuales: 1.000 euros brutos.
  3. Puesto de trabajo: peón de servicios múltiples
    • Características y funciones: Le corresponderá el mantenimiento de las zonas verdes municipales, y la apertura y cierre de instalaciones de titularidad pública, conducción y manejo de vehículos municipales para el que sea necesario permiso de conducir de clase B, así como maquinaria necesaria para la buena prestación de los diferentes servicios, manipulación de maquinaria y aparatos de control en condiciones higienicosanitarias de la piscina municipal, mantenimiento de inmuebles públicos, vigilancia de alumbrado público y atención de los servicios de suministro de agua potable domiciliaria y evacuación de aguas residuales, control del tráfico y vigilancia de estacionamiento en vías de titularidad municipal, control y labores de carácter manual y material en Ferias y Mercados Ambulantes, asistencia y vigilancia del cementerio municipal. Efectuar todos los avisos, notificaciones, requerimientos, citaciones etc, que le sean ordenados por este Ayuntamiento; Fijación de bandos, edictos y anuncios en los tablones de edictos y en lugares de concurrencia. Custodiar el mobiliario, máquinas, instalaciones y locales. Recibir, conservar y distribuir los documentos, objetos y correspondencia que a tales efectos le sean encomendados.
      Custodia de las llaves de las dependencias e instalaciones municipales. Vigilancia de las obras que se realizan en el municipio comunicando al Señor Alcalde aquellas que no cuenten con licencia municipal o no hayan satisfecho las tasas correspondientes. Se establece la especial disponibilidad horaria de esta plaza. Asimismo, se le atribuyen aquellas funciones que, en atención a su categoría, puedan ser indicadas o encomendadas justificadamente por la Alcaldía y la Presidencia.
    • Requisitos académicos exigidos: Certificado de escolaridad o equivalente y carnet de conducir tipo B.
    • Jornada: completa.
    • Retribuciones mensuales: 1.612 euros brutos mensuales, pagas extraordinarias aparte.
    • Forma de provisión: oposición o concurso de oposición.
  4. Puesto de trabajo: personal de limpieza.
    • Dotación: 2 empleados.
    • Características y funciones: limpieza y mantenimiento en buen orden del interior de edificios públicos, oficinas, dependencias y establecimientos municipales, realizando labores de barrido, fregado y/o encerado de pisos y retirada de residuos de papelería; limpieza de felpudos, adornos, herrajes y otros objetos accesorios, retirada de polvo en muebles y objetos y adecentamiento de cuartos de baño y servicios, además de aquellas funciones que, en atención a su categoría, puedan ser indicadas o encomendadas justificadamente por la Alcaldía y la Presidencia.
    • Jornada: 7 horas diarias (87,5% de la jornada).
    • Retribuciones mensuales: 825,37 euros.
  5. Puesto de trabajo: profesor de educación infantil.
    • Características y funciones: le corresponderán las funciones docentes que deban predicarse de su categoría laboral según la normativa de Educación aplicable así como la dirección de la Escuela Infantil Municipal y la atención de las consultas o cuestiones que sean dirigidas por los administrados para su traslado a la Alcaldía y a la Presidencia o atención y resolución directa si es posible. También le corresponderá velar por el buen funcionamiento del centro y su mantenimiento en condiciones óptimas de uso, trasladando a la Alcaldía-Presidencia cualesquiera circunstancias que perturbaran dicho uso. Asimismo, le corresponderán aquellas funciones que, en atención a su categoría, puedan ser indicadas o encomendadas justificadamente por la Alcaldía y la Presidencia.
    • Jornada: El servicio se prestará a jornada completa durante el curso escolar.
    • Retribuciones mensuales: 1.391,05 euros brutos a catorce pagas anuales.
  6. Puesto de trabajo: técnico de educación infantil.
    • Características y funciones: le corresponderán las funciones de auxilio y apoyo al profesor de educación infantil bajo su dirección y en última instancia bajo la superioridad de la Alcaldía y la Presidencia, que, en atención a su categoría podrá indicar o encomendar justificadamente cualesquiera otras.
    • Jornada: El servicio se prestará a jornada completa durante el curso escolar.
    • Retribuciones mensuales: 1.008,83 euros brutos a catorce pagas anuales.

DILIGENCIA: publicada definitivamente en el Boletín Oficial Provincial número 136 de 18 de julio de 2013.

DILIGENCIA: por acuerdo plenario de 28 de noviembre de 2014 se amortiza la plaza de «oficial administrativo» dentro de los puestos laborales fijos y se modifica la plaza de «auxiliar administrativo» dentro de los puestos laborales fijos. Boletín Oficial Provincial número 246 de 26 de diciembre de 2014.

DILIGENCIA: por acuerdo plenario de 8 de mayo de 2015 se modifican los puestos de “profesor de educación infantil” y “técnico de educación infantil”. Boletín Oficial Provincial número 88 de 13 de mayo de 2015.