José Pedro Sierra Cebollero

  • Nació el 23 de febrero de 1956 en Peraltilla (Huesca).
  • Casado y con dos hijas.
  • Es técnico en gestión de empresas agropecuarias y profesor de Formación Profesional en Colegio Santo Domingo Savio, de Monzón.
  • Miembro del Sindicato Independiente de Enseñanza.
  • Fue alcalde de Peraltilla de 1979 a 1991, volviendo a ocupar el cargo desde 1995. De 1991 a 1995 fue concejal del Ayuntamiento de Barbastro. Ha sido diputado a Cortes de Aragón en la tercera, cuarta y quinta legislatura, en la que fue, además, secretario segundo de la Mesa.

Olga Olivé Plaza

  • Nació el día 26 de noviembre 1968 en Sabadell, Barcelona.
  • Casada con una hija.
  • Profesora de Formación Profesional en Instituto Educación Secundaria José Mor de Fuentes de Monzón.
  • Concejal desde 1999.

Berta Rivera Lueza

  • Nació el día 17 de mayo de 1965 en Barbastro (Huesca).
  • Maestra de Educación Primaria.
  • Concejal desde 2015.

Laura Bertrán Moreno

  • Nació el 24 de noviembre de 1983 en Sabadell, Barcelona.
  • Casada con dos hijos.
  • Técnico de Educación Infantil en la Guardería La Paz de Barbastro.
  • Concejal desde 2015.

Pilar Garcés Padial

  • Nació el 20 de mayo de 1990 en Barbastro, Huesca.
  • Peluquera.
  • Concejal desde 2021.

Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón.

  1. Las entidades comprendidas en el artículo 4 deberán hacer pública la siguiente información respecto de los miembros del Gobierno, altos cargos y máximos responsables:
    1. Identificación y nombramiento.
    2. Datos biográficos profesionales.
    3. Funciones.
    4. Órganos colegiados y consejos de dirección y administración de organismos públicos y sociedades mercantiles en los que participe o haya participado en los últimos cuatro años, así como asociaciones, fundaciones y entidades privadas de cuyos órganos directivos forme parte o haya formado parte en los últimos cuatro años.
    5. Actividades públicas y privadas para las que se haya autorizado o reconocido la compatibilidad.
    6. Retribuciones de cualquier naturaleza percibidas anualmente por el ejercicio de cargos públicos, incluidas cualesquiera dietas e indemnizaciones, con indicación expresa de los diferentes conceptos retributivos y el importe de los gastos de representación de los que haya hecho uso.
    7. Indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo.
  2. Sin perjuicio de las obligaciones previstas en su normativa específica, estas entidades darán publicidad a los acuerdos adoptados por sus órganos de gobierno que tengan especial relevancia.
  3. El Registro de actividades y de bienes y derechos patrimoniales de los miembros del Gobierno de Aragón y de los altos cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma se regulará en la normativa específica sobre conflictos de intereses y buen gobierno. Asimismo, el Gobierno de Aragón hará públicos los acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno cuando tengan un alcance general.
  4. El contenido del Registro al que se refiere el apartado anterior será público. Únicamente quedarán excluidas de la publicidad las informaciones referidas a bienes patrimoniales en lo que resulte necesario para garantizar la seguridad.
  5. Todas las Administraciones públicas aragonesas deberán publicar además:
    1. Las agendas de actividad institucional de los miembros del Gobierno y de los altos cargos, que se mantendrán públicas, como mínimo, durante todo su mandato. En el caso en que no pueda hacerse pública la agenda con carácter previo, la publicidad se hará a posteriori, salvo que existan causas justificadas.
    2. La relación del personal de confianza o asesoramiento especial en cada uno de los departamentos y en los organismos públicos o entidades públicas, especificando su identificación, datos biográficos profesionales, nombramiento, funciones asignadas, órgano o directivo al que presta sus servicios y retribuciones anuales, con indicación expresa de los diferentes conceptos retributivos. Además, se dará cuenta del coste global que representa este personal para cada entidad.
    3. La información de las campañas de publicidad institucional que hayan promovido o contratado, con indicación del gasto público de las mismas, de los adjudicatarios y del plazo de ejecución. Asimismo, se publicará el detalle de cuáles son los medios de comunicación concretos a través de los que el adjudicatario lleva a cabo.

Legislación

Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno

En el Título I, relativo a la Transparencia de la actividad pública, se establecen las obligaciones que en él se fijan para las Administraciones Públicas y que son efectivas para la Administración General del Estado desde la primera fecha indicada, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales. El Ayuntamiento de Peraltilla ha dispuesto comenzar desde ahora, a través de una pestaña específica de transparencia de la WEB municipal, a dar publicidad a algunos elementos del contenido a que se refiere el Título I de la mencionada ley. De modo paulatino se irán introduciendo en la citada pestaña otros elementos del contenido indicado: contratos y convenios suscritos por el Ayuntamiento, subvenciones y ayudas públicas concedidas por él, etc.